Elegibilidad
Para cualificar en la clasificación L-1 en esta categoría, el empleador debe:
• Tener una relación elegible con una compañía extranjera (oficina central, sucursal, subsidiaria o afiliada, colectivamente referidas como organizaciones elegibles); y
• Actualmente estar, o estará haciendo negocios como empleador en Estados Unidos y en al menos algún otro país, directamente o a través de una organización elegible durante la duración de la estadía del beneficiario en Estados Unidos como un no inmigrante L-1. Mientras que el negocio debe ser viable, no se requiere que esté involucrado en comercio internacional.
“Hacer negocios” significa el abastecimiento regular, sistemático y continuo de bienes y/o servicios por una organización elegible y no incluye la mera presencia de un agente u oficina de la organización elegible en Estados Unidos y en el extranjero.
Además, para cualificar, el empleado designado debe:
• Generalmente, haber estado trabajando para una organización elegible en el extranjero por un período de un año continuo y dentro de los tres años previos a su admisión en Estados Unidos; y
• Procurar entrar a Estados Unidos con la intención de rendir servicios en capacidad ejecutiva o gerencial a una sucursal del mismo empleador o a una de sus organizaciones elegibles.
“Capacidad ejecutiva” se refiere generalmente a la capacidad del empleado de tomar decisiones de amplia gama sin mucha supervisión.
“Capacidad gerencial” se refiere generalmente a la capacidad del empleado de supervisar y controlar el trabajo de empleados profesionales y manejar la organización o un departamento, subdivisión, función o componente de la organización. También podría referirse a la capacidad del empleado de manejar funciones esenciales de la organización a un alto nivel sin la supervisión directa de otros.
Nuevas Oficinas
Los empleadores extranjeros que buscan enviar un empleado a Estados Unidos como un ejecutivo o gerente, con el fin de establecer una nueva oficina, deben también demostrar que:
• Se ha asegurado que tiene suficiente espacio físico para albergar la nueva oficina; • El empleado ha sido contratado como un ejecutivo o gerente durante un año completo dentro de los tres años previos a la presentación de la solicitud; y • La posible oficina en Estados Unidos brindará apoyo a una posición ejecutiva o gerencial dentro de un año de ser aprobada la petición.
Periodo de Estadía
A los empleados cualificados que ingresen a Estados Unidos para establecer una nueva oficina se les permitirá una estadía inicial máxima de un año. A todos los demás empleados cualificados se les permitirá una estadía inicial máxima de tres años. Para todos los empleados L-1A, las solicitudes de extensión de la estadía pueden otorgarse en incrementos de hasta dos años adicionales, hasta que el empleado haya alcanzado el límite máximo de siete años.
Fuente: USCIS
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