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Protección Migratoria a Venezolanos en EE.UU.



El 9 de marzo de 2021 entra en vigor el Estatus de Protección Temporal (Temporary Protected Status o “TPS” por sus siglas en inglés) a aquellos ciudadanos venezolanos que se encuentran en Estados Unidos. De la misma manera, se ha regulado el beneficio de la Salida Forzosa Diferida (Deferred Enforced Departure o “DED” por sus siglas en inglés) que había sido otorgado por la administración de Donald Trump. Ambos son mecanismos de protección alternativos que los venezolanos que se encuentran en el país pueden optar. Tienen muchas semejanzas, por ejemplo, ambos otorgan protecciones para poder quedarse en Estados Unidos de manera temporal y permiten conseguir un permiso de trabajo. Ambos, también, permiten al ciudadano extranjero poder solicitar un permiso de reentrada (advance parole) para poder salir momentáneamente del país. Sin embargo, también tienen ciertas diferencias. A continuación les damos más información acerca de cada uno de ellos.


Fechas claves para entender los beneficios


TPS:


- Fecha de designación: 9/MAR/2021

- Residencia Continua en EE.UU. desde: 8/MAR/2021

- Presencia Física Continua en EE.UU. desde: 9/MAR/2021

- Período de Registro: 9/MAR/2021 al 5/SEP/2021

- Fecha de fin de designación: 9/SEP/2022


DED:


- Período que dura el beneficio: 20/ENE/2021 al 20/JUL/2022.


Pagos que debe hacerse al gobierno de los Estados Unidos


DED: $ 410 (se puede requerir adicionalmente pago por huellas digitales)


TPS: $ 545 (para aquellos entre 14 y 65 años)


Información General sobre los beneficios


TPS


El Secretario del Departamento de Seguridad Nacional (“DHS” por sus siglas en inglés) puede designar un país extranjero al TPS debido a condiciones en dicho país (conflicto armado, desastre natural u otras condiciones de carácter temporal) que impiden a sus ciudadanos regresar al mismo, temporalmente, de manera segura. Así, USCIS podría otorgar TPS a los nacionales elegibles de ciertos países (o partes de los mismos) que ya están en Estados Unidos. Las personas elegibles que no tienen nacionalidad y cuya última residencia fue el país designado, también podrían obtener TPS.


Durante el periodo designado, las personas que son beneficiarias de TPS o que han resultado elegibles de forma preliminar al TPS durante la revisión inicial de sus casos obtiene los siguientes beneficios:


  • No serán deportados de Estados Unidos

  • Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (“EAD” por sus siglas en inglés)

  • Pueden obtener una autorización de viaje.

  • Una vez se le conceda TPS, una persona tampoco podrá ser detenida por DHS debido a su estatus migratorio en Estados Unidos.


Es importante mencionar que el TPS es un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal ni confiere ningún otro estatus migratorio. Sin embargo, registrarse al TPS no le impide solicitar estatus de no inmigrante, presentar una solicitud de ajuste de estatus basada en una petición de inmigrante y solicitar cualquier otro beneficio migratorio o protección para el que usted podría ser elegible.


En términos generales, para ser elegible al TPS, las personas deben:

  • Ser un ciudadano de un país designado al TPS, o una persona sin nacionalidad cuya última residencia habitual fue en el país designado

  • Presentar la solicitud durante el periodo inicial de inscripción o reinscripción, o cumple con los requisitos de presentación de solicitud tardía durante cualquier extensión de la designación de su país al TPS.

  • Haber estado presente físicamente de forma continua en Estados Unidos desde la fecha de efectividad de la fecha de designación más reciente de su país

  • Haber residido continuamente en Estados Unidos desde la fecha especificada para su país. La ley permite una excepción al requisito de presencia física continua y al de residencia continua, para salidas cortas, casuales e inocentes fuera de Estados Unidos.


Ciertas causales que lo hacen inelegible para obtener o mantener TPS sería:


  • Haber sido condenado por algún delito o dos o más delitos menores cometidos en Estados Unidos.

  • Ser encontrado inadmisible como inmigrante bajo las causales correspondientes en la sección 212(a) de INA, incluyendo las causales criminales o relacionadas a la seguridad para las cuales no existe exención.

  • Estar sujeto a cualquiera de los impedimentos reglamentarios para asilo. Estos incluyen, pero no están limitados a, participar en la persecución de otra persona o incurrir o iniciar actividad terrorista.

  • No cumplir con los requisitos de presencia física continua o residencia continua en Estados Unidos.

  • Si se le concede TPS, no reinscribirse al TPS según se le requiere, sin tener causa justificada para ello.


DED


El 19 de enero de 2021, el entonces presidente Trump emitió un memorándum para diferir por 18 meses la remoción de cualquier nacional de Venezuela o una persona sin nacionalidad cuya última residencia habitual fuera Venezuela, que estaba presente en Estados Unidos el 20 de enero de 2021, excepto aquellos que:


  • Han regresado voluntariamente a Venezuela o su país de última residencia habitual fuera de Estados Unidos.

  • No han residido continuamente en Estados Unidos desde el 20 de enero de 2021.

  • Son inadmisibles bajo la sección 212(a)(3) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) o sujetos a remoción bajo la sección 237(a)(4) de INA (ambos referidos a motivos de seguridad nacional).

  • Han sido sentenciados por cualquier delito o dos o más delitos menores cometidos en Estados Unidos, o que cumplen con los criterios establecidos en la sección 208(b)(2)(A) de INA (relativos a delitos de persecución, crímenes serios que constituyan riesgo a la sociedad americana, crímenes cometidos antes de venir a EE.UU., entre otros).

  • Fueron deportados, excluidos o removidos antes del 20 de enero de 2021.

  • Están sujetos a extradición.

  • Cuya presencia no es en interés de Estados Unidos o presenta un riesgo a la seguridad pública, según determinado por el secretario de Seguridad Nacional.

  • El secretario de Seguridad Nacional tiene motivos razonables para creer que su presencia en Estados Unidos tendría posibles consecuencias adversas graves en la política exterior para Estados Unidos.


Se entiende que el DED es conferido automáticamente para aquellos que estuvieron presentes en Estados Unidos el 20 de enero de 2021, aunque recién USCIS ha emitido lineamientos para obtener el permiso de trabajo.


Contáctenos si necesita mayor información.


Fuente: USCIS



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