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Perdón de Causal de Inadmisibilidad para Solicitudes de Visado de No Inmigrante en Consulados

Writer: Kivaki Law FirmKivaki Law Firm


La Sección 212(d)(3) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos establece la exoneración de prácticamente todas las causales de inadmisibilidad para aquellas personas que solicitan visados de no inmigrantes, incluidas las relacionadas con la salud, la delincuencia, la prostitución, el contrabando y la presencia ilegal. Las únicas causales de #inadmisibilidad que la norma no exonera son aquellas relacionados con la seguridad nacional como el espionaje, el sabotaje, el genocidio y la persecución nazi.


El criterio utilizado para evaluar una solicitud de perdón se establece en el caso denominado Matter of Hranka, 16 I&N Dec. 491 (BIA 1978). Este criterio evalúa (i) los riesgos de daño en la admisión del solicitante; (ii) la gravedad de los hechos que causaron la inadmisibilidad; y (iii) la importancia de la razón del solicitante para solicitar la entrada.


Generalmente, un solicitante no necesita mostrar una razón particularmente convincente para visitar los Estados Unidos. Una razón ordinaria (como visitar a un miembro de la familia o hacer negocios) es suficiente. En caso sea aprobada, el perdón podrá ser emitido por un período máximo de 5 años a la vez. Por lo general, se emiten por períodos de 6 meses o 1 año.


Las respectivas solicitudes se presentan en el consulado de los EE.UU. con jurisdicción en su lugar de residencia o en un puerto de entrada de los EE.UU. En cuanto a la presentación en un consulado, primero se debe verificar si el solicitante es elegible para la visa particular que busca. Algunas visas de no inmigrante, como las visas de estudiante o de empleo, requieren que los solicitantes cumplan con una larga lista de requisitos. El día de la entrevista, el oficial consular revisará la solicitud de #visa del solicitante, hará una determinación inicial de inadmisibilidad y, si corresponde, el solicitante deberá regresar con la solicitud de exención y los documentos de respaldo. Algunos consulados aceptarán la solicitud de exención el día de la entrevista.


Es extremadamente importante que el solicitante esté preparado para explicar las circunstancias por las cuales se originó una deportación o cualquier otra causal de inadmisibilidad, y para hablar sobre los cambios positivos en su vida que persuadirá al funcionario consular de que sus circunstancias negativas no se repetirán. Las exenciones son altamente discrecionales, por lo tanto, las razones más convincentes para una visita pueden ser factores poderosos a favor del solicitante. El oficial consular luego revisará su solicitud de exención, hará una recomendación para la emisión de la exención y luego la enviará a la Oficina de Revisión de Admisibilidad con sede en Washington D.C. para una decisión final.


Cabe indicar que las exenciones de no inmigrante son específicas para la categoría de visa para la cual fueron emitidas y, por lo tanto, no pueden transferirse de una categoría de no inmigrante a otra. Así, alguien que cambia el estado de la visa desde dentro de los EE.UU. puede permanecer y trabajar en los EE.UU. según lo autorizado por el cambio de estado, ya que la exención se relaciona con la admisibilidad, pero no podrá volver a ingresar a los EE.UU. bajo la exención original después de una salida.

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